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Si busca información referente a la otorrinolaringología y temas comunes, visite nuestra sección: SITIOS DE INTERÉS, donde encontrará los mejores y más actuales enlaces.


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Capítulo I
CON RELACION AL CONSEJO MEXICANO DE OTORRINOLARINGOLOGIA Y CIRUGIA DE CABEZA Y CUELLO, A.C. (CMORL y CCC, A.C.)


Artículo 1o.

El Consejo Mexicano de Otorrinolaringología y Cirugía de Cabeza y Cuello, A.C., (CMORL y CCC, A.C.), fue fundado el 3 de febrero de 1970 y tiene carácter nacional.  Existe por iniciativa de sus constituyentes, que en su calidad de pares se asumen,  por voluntad de partes, como la instancia que valida la aptitud profesional de los integrantes de la especialidad.

Representa a la especialidad ante el Comité Normativo Nacional de Consejos de Especialidades Médicas, A.C., (CONACEM, A.C.) y ha merecido su idoneidad, la cual debe renovarse cada 5 años.

Es un cuerpo académico singular, autónomo en su organización, sin funciones gremiales, políticas, ni finalidades lucrativas.  Es independiente en sus decisiones.  Ejerce su responsabilidad con honor, actúa libre de influencias políticas o doctrinarias.  Tiene como componente esencial la responsabilidad y la confianza que le ha valido el reconocimiento moral y jurídico entre la comunidad médica y la sociedad civil.

El CMORL y CCC, A.C., agrupa a los médicos especialistas certificados por sus pares en la Otorrinolaringología y Cirugía de Cabeza y Cuello, que comprende: Cirugía funcional de la nariz y los senos paranasales. Procedimientos, diagnósticos y/u operatorios con asistencia de la endoscopía en el área de nariz, senos paranasales, faringe, laringe, tráquea, bronquios, oído y cisterna del ángulo pontocerebeloso.  Cirugía oncológica y procedimientos quirúrgicos reconstructivos de la cabeza y el cuello.  Cirugía cráneo-facial.  Cirugía otorrinolaringológica pediátrica.  Cirugía neurotológica.  Cirugía y abordajes quirúrgicos de la base del cráneo. Cirugía cosmética funcional y reconstructiva facial.  Trauma cráneo-cérvico-facial y alergia en Otorrinolaringología.

Certifica los conocimientos y habilidades de los especialistas y tiende a garantizar la calidad de su ejercicio profesional en bien de la sociedad.  Ante el constante progreso de la medicina, se han establecido  los mecanismos de recertificación, que deberá renovarse cada 5 años, buscando que el médico especialista certificado permanezca actualizado en el ejercicio de su especialidad.

El CMORL y CCC, A.C.  podrá actuar como cuerpo consejero y prestar asesoría técnica en esta rama de la medicina, ante las diferentes autoridades gubernamentales, institucionales, universitarias, hospitalarias, de enseñanza y particulares, por solicitud de ellas, o por iniciativa propia, en casos especiales y de trascendencia con relación a la evolución de la medicina, de la especialidad y a las funciones del Consejo.

Artículo 2o.

El CMORL y CCC, A.C., es una organización con múltiples propósitos estrechamente relacionados con la salud, el bienestar y el ejercicio profesional de la Otorrinolaringología y Cirugía de Cabeza y Cuello, con las siguientes funciones y objetivos.

  1. CERTIFICAR  los conocimientos, destrezas y habilidades para ejercer la Otorrinolaringología y Cirugía de Cabeza y Cuello, en bien de la sociedad, a aquellos médicos que una vez concluido un programa de aprendizaje y entrenamiento con reconocimiento universitario nacional o internacional, demuestren su competencia profesional, al aprobar el examen de certificación de acuerdo con los criterios establecidos por el CMORL y CCC, A.C., quienes a partir de su aceptación en el Consejo, recibirán la denominación de MEDICOS ESPECIALISTAS CERTIFICADOS.
  2. RECERTIFICAR   a los médicos especialistas certificados, quienes tienen la obligación de demostrar cada cinco años, que han mantenido una educación médica continua y que permanecen actualizados en el ejercicio de la especialidad.
  3. El CMORL y CCC, A.C., tiene la obligación de otorgar un diploma de certificación  a los médicos especialistas certificados de nuevo ingreso.
  4. El CMORL y CCC, A.C., tiene la obligación de otorgar un diploma de Recertificación a los médicos especialistas certificados, que demuestren su actualización en el ejercicio de la especialidad cada 5 años.
  5. Promover la certificación y recertificación en los diferentes centros hospitalarios formadores de especialistas en Otorrinolaringología y Cirugía de Cabeza y Cuello avalados por una Universidad de reconocido prestigio.
  6.  El   Consejo Mexicano de Otorrinolaringología y Cirugía de Cabeza y Cuello  tiene como objetivo primordial la certificación y recertificacion de los médicos especialistas, y dentro de sus funciones no está la de impartir cursos o actividades de educación continua, ni realizar funciones gremiales o políticas..

Artículo 3o.

La sede del CMORL y CCC, A.C., será la ciudad de México, Distrito Federal,  y contará con Representantes Estatales

Artículo 4o.

El CMORL y CCC mantendrá comunicación con los Representantes Estales. Al menos una vez al año se solicitará un intercambio informativo sobre las mesas directivas, agremiados, cursos y congresos que se efectúen en cada Estado.

Artículo 5o.

La denominación de “Consejo Mexicano de Otorrinolaringología y Cirugía de Cabeza y Cuello, A.C.” y su símbolo se considerarán exclusivos, quedando su propiedad literaria y artística debidamente registrada conforme a la ley.

Artículo 6o.

El CMORL y CCC, A.C., solamente podrá disolverse por decisión unánime de sus médicos especialistas certificados expresada nominalmente en sesión convocada con ese propósito.


Diseño y Programación Grupo Visual, E-mail: inf@grupovisual.com.mx,
Todos los Derechos Reservados
Dr. Mauricio Morales Cadena
Comité de Informática.