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22 de enero de 2010
A LOS MEDICOS CERTIFICADOS DEL
CONSEJO MEXICANO DE ORL Y CCC
PRESENTES.
Estimados doctores:
De acuerdo a los Estatutos vigentes, les estamos anexando la “Convocatoria para Ingresar a la Junta de Gobierno del Consejo”
En cumplimiento al Reglamento Interno, el médico certificado que desee ingresar a dicha Junta, deberá enviar una carta solicitando su ingreso la cual deberá venir avalada con la firma de diez médicos pertenecientes al Consejo, asimismo deberá enviar impreso y en un CD el currículum vitae completo y un resumen curricular no mayor de dos hojas.
CONVOCATORIA PARA INGRESAR A LA JUNTA DE GOBIERNO DEL CONSEJO MEXICANO DE OTORRINOLARINGOLOGIA Y C.C.C., A.C.
Se convoca a quienes deseen pertenecer a la Junta de Gobierno del Consejo Mexicano de Otorrinolaringología y C.C.C., de acuerdo al Artículo 11º. y 12º. del Capítulo V del Gobierno del Consejo de los Estatutos vigentes, que a la letra dice:
CAPITULO V
DEL GOBIERNO DEL CONSEJO
Artículo 11º.
- La elección de quienes operen las actividades del Consejo, los hace responsables ante el colectivo que los eligió y deben forzosamente reunir características como:
- Capacidad y experiencia profesional
- Capacidad y experiencia en el campo de la educación médica
- Reconocida ética profesional
- Elección basada en méritos académicos
- Evitar la continuidad y la reelección, la cual será aplicable solo de acuerdo al estatuto.
- Todo médico especialista Certificado por el CMORL y CCC, A.C., podrá aplicar para integrar la Junta de Gobierno siempre y cuando cumpla con los siguientes requisitos:
- Estar dedicado a la práctica como especialista por 15 años, luego de egresado sin incluir el período de residencia.
- Tener como mínimo 10 años de estar certificado por el CMORL y CCC
- Estar al corriente de sus obligaciones
- Cumplir con 4 de las siguientes características:
- Pertenecer a cualquiera de las Academias: (Nacional de Medicina, Mexicana de Cirugía)
- Ser o haber sido Profesor por un período no menor de 5 años, titular, adjunto o asociado con nombramiento universitario de una residencia de otorrinolaringología y cirugía de cabeza y cuello.
- Ser o haber sido Profesor de Pregrado, con nombramiento de una Universidad con reconocimiento oficial por un período no menor a 5 años
- Haber publicado un mínimo de 5 trabajos de la especialidad como primero o segundo autor, en libros o revistas de reconocido prestigio científico.
- Ser o haber sido presidente de una Sociedad, Asociación o Colegio de la especialidad.
- Haber integrado la Junta de Gobierno cuando menos 3 años antes de su nueva aplicación, para poder ser reelegido.
- Haber concluido: diplomados, maestrías y/o doctorados en Ciencias Médicas.
- Podrá ser miembro de la Junta de Gobierno del Consejo, quien tenga 15 años de trayectoria honorable en su comunidad.
- Haber sido Representante Estatal.
- La Junta de Gobierno tendrá la facultad de evaluar la solicitud de aplicación de un médico especialista certificado que desea integrarla y que reúna los requisitos señalados en el inciso b) del Artículo 11º. del Capítulo V.
- El Comité de Selección de aspirantes constituido por la Junta de Gobierno en turno, estudiará la solicitud y el resumen curricular de cada aspirante a ingresar a la Junta de Gobierno.
- La Junta de Gobierno, constituida en Comité de Selección deberá recibir en el mes de febrero la solicitud y el resumen curricular de cada aspirante a ingresar a la Junta de Gobierno.
Artículo 12º.
- La Junta de Gobierno, estudiará la solicitud y el currículum vitae del aspirante y notificará por escrito al interesado y a los médicos especialistas certificados, de aquellos cuya solicitud sea aprobada, anexando el resumen curricular de cada uno de ellos. Además de que será incluido en convocatoria de la Sesión de Negocios del Consejo y estará a la vista en el lugar que vaya a llevarse a cabo ésta, antes del inicio de dicha sesión.
- Los médicos especialistas certificados, dispondrán de un mes antes de la Sesión de Negocios, para manifestar su inconformidad por escrito ante la Junta de Gobierno, respecto a la postulación de un determinado candidato.
- La Junta de Gobierno contará con un mes para el análisis de las inconformidades presentadas respecto a la postulación de un aspirante a ingresar a dicha Junta. Su decisión es inapelable y se dará a conocer junto con la convocatoria a la Sesión de Negocios del Consejo.
- En caso de ausencia o carencia de uno o más de los candidatos, la designación recaerá en un médico especialista certificado del CMORL y CCC, A.C. que haya pertenecido a la Junta de Gobierno y que se encuentre presente durante la Asamblea.
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